Micelio
Auto15 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Padron Ortega Javier Alfonso·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones Y Otros

Tema · dato duro
Proceso Sobre Nulidad O Ineficacia Del Traslado Pensional Al Régimen De Ahorro Individual Con Solidaridad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos sobre nulidad o ineficacia del traslado pensional al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Montería (Córdoba) y el Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia se enmarca en la demanda ordinaria laboral promovida por un ciudadano contra Colfondos, Colpensiones y Mindefensa, con el propósito principal de que se declare la nulidad de la afiliación a Colfondos; se condene a la referida administradora a efectuar el traslado de los aportes y los respectivos rendimientos financieros a Mindefensa y, como consecuencia de lo anterior, se condene a esta última entidad a reconocer y pagar una pensión de jubilación en su favor.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión de los Autos 406 y 784 de 2021, mediante la cual se estableció que la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de seguridad social es la competente para conocer las controversias sobre nulidad o ineficacia de afiliaciones al RAIS, por cuanto el régimen de la seguridad social es administrado por una persona jurídica de derecho privado, en la medida en que no se cumple con uno de los requisitos establecidos por el numeral 4º del artículo 104 del CPACA, para efectos de asignar la competencia a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los demás interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Cuarto. Laboral del Circuito de Montería (Córdoba) y el Juzgado
  3. Noveno. Administrativo Oral del Circuito de la ciudad, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso promovido por Javier Alonso Padrón Ortega contra Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías, la Administradora Colombiana de Pensiones y el Ministerio de Defensa Nacional, corresponde al Juzgado
  4. Cuarto. Laboral del Circuito de Montería.
  5. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación el expediente CJU-3383 al Juzgado
  6. Cuarto. Laboral del Circuito de Montería, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  7. Noveno. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad y a los sujetos procesales e interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.