Micelio
Auto15 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Patrimonio Autonomo De Remanentes De Caprecom·Demandado Departamento Del Tolima Municipio De Murillo

Tema · dato duro
Controversias Relacionadas Con El Recobro De Prestaciones No Incluidas En El Plan De Beneficios De Salud.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre cobros al Estado por servicios y tecnología en salud con cargo a la UPC del régimen subsidiado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sexto Laboral del Circuito Judicial de Ibagué y el Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda laboral que presentó el PAR de Caprecom Liquidado en contra de la Secretaría de Salud del Tolima y otro, con el fin de que se declarara, entre otras pretensiones, que la extinta Caja de Previsión Social de Comunicaciones garantizó la prestación de los servicios de salud que se encuentran a cargo de la UPC del régimen subsidiado durante varios meses, a la población afiliada al servicio de salud del régimen subsidiado del departamento del Tolima, municipio de Murillo.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión de los Autos 721 de 2021 y 362 de 2023, en virtud de la cual se estableció que, la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan reclamar el pago de la UPC al Estado por prestaciones del antes POS, hoy PBS UPC, corresponden a la jurisdicción contenciosa administrativa, de acuerdo con la cláusula general de competencia prevista en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, toda vez que se trata de controversias de carácter exclusivamente económico contra entidades públicas, donde se cuestiona el pago de un valor liquidado dentro de un procedimiento de carácter administrativo a cargo del Estado.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Sexto. Laboral del Circuito Judicial de Ibagué, Tolima, y el Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que es el Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué, Tolima, la autoridad competente para conocer la demanda promovida por la Fiduciaria la Previsora S.A., quien en el trámite de la referencia actúa como entidad administradora del patrimonio autónomo de remanentes "PAR Caprecom Liquidado".
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3157 al Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  4. Sexto. Laboral del Circuito Judicial de Ibagué, Tolima.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.