Micelio
Auto15 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante De Oficio Procesado Trejos Cataño Conrado Alexander·Demandado Trejos Cataño Conrado Alexander

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Marmato en función de control de garantías y la Parcialidad Indígena Cartama (municipio de Marmato).

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso penal seguido en contra de un miembro de la comunidad indígena por el presunto delito de tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

La Sala Plena observa que, en el asunto de la referencia, no se satisface el presupuesto subjetivo y, por ende, no está configurado un conflicto entre jurisdicciones.

En efecto, si bien la autoridad tradicional de la Parcialidad Indígena Cartama reclamó su competencia para conocer del proceso penal seguido en contra del ciudadano, previo a la realización de la audiencia concentrada, no ocurre lo mismo frente al Juzgado Municipal de Marmato en función de control de garantías, quien dispuso remitir las diligencias a esta corporación para que lo resolviera, sin manifestar si lo aceptaba o lo negaba y sin referirse a los presupuestos de activación de la Jurisdicción Especial Indígena en el caso concreto.

Al no existir un conflicto entre dos autoridades judiciales, la Sala Plena estimó necesario adoptar una decisión inhibitoria y, por ende, ordenar el envío del expediente al juzgado de origen para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2770 al Juzgado Promiscuo Municipal de Marmato en Función de Control de Garantías para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.