Micelio
Auto1 de diciembre de 2022

A- de 2022

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Navarro Jaraba Maria Margarita Y Otros·Demandado Alcaldia Municipal De Since

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Reglas para dirimir conflictos ante la Jurisdicción Especial para la Paz
  • Factor subjetivo
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y la Subsección Cuarta de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz.

La controversia entre las precitadas autoridades se fundó en diferentes interpretaciones del factor subjetivo.

Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el entendimiento del artículo 8 transitorio de la Constitución introducido mediante el Acto Legislativo 01 de 2017.

La Corte dirimió el presente asunto con la remisión del expediente a la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado para que, de forma inmediata, continúe el trámite de segunda instancia y profiera decisión de fondo sobre el asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el numeral
  2. quinto. de la parte resolutiva de la sentencia del 16 de junio de 2022 proferida por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en el que declaró que no tiene competencia funcional para pronunciarse sobre las pretensiones 3° y 4° de la demanda de tutela presentada por Bernardo Vivas y otros contra el Presidente de la República, los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación -Grupo de Extradición- Dirección de Asuntos Internacionales.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4248 la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado para que, de forma inmediata, continúe el trámite de segunda instancia y profiera decisión de fondo sobre el asunto.
  4. Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a la Subsección Cuarta de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.