A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Villamizar Herrera Karina María·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
- Competencia sobre decretos reglamentarios
- Incompetencia de la Corte Constitucional para conocer demanda contra decreto reglamentario
- Requisitos de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó de plano por falta de competencia de la Corporación para asumir su conocimiento.
La Sala Plena de la Corporación encontró que las razones invocadas por la demandante no lograron desvirtuar los fundamentos de la providencia cuestionada, ni que ésta estuviera fundada en razones erradas, arbitrarias o caprichosas.
Con base en lo anterior, se DENIEGA el recurso deprecado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR el recurso de súplica presentado contra el Auto del 6 de diciembre de 2023 proferido dentro del expediente D-15590, el cual rechazó la demanda interpuesta por la ciudadana Karina María Villamizar Herrera, contra el artículo 31 del Decreto 2642 de 2022.
- SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR esta decisión a la recurrente, indicándole que contra la misma no proceden recursos.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.