A- de 2014
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Martin Gerardo Betancourt Gomez Vs Caprovimpo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Competencia de Tribunal Superior
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Manizales y el Tribunal Superior de esa misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
La Sala se pronuncia respecto a la competencia de la Corporación para dirimir conflictos de competencia y las normas que determinan esta competencia en materia de tutela.
Se decide el asunto ordenando enviar el expediente a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Manizales para de forma inmediata asuma el trámite de primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 26 de marzo de 2014, por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, mediante el cual se dispuso la remision del expediente a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con el fin de que decidiera el supuesto conflicto de competencia.
- Segundo. ENVIAR el presente expediente a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, para que, de forma inmediata, asuma el tramite de la primera instancia y profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado por Martin Gerardo Betancourt Gomez, conforme a las previsiones del articulo 86 de la Constitucion Politica y del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. INFORMAR de esta decision al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Manizales y a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, para que tengan conocimiento de sobre lo aqui resuelto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.