A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Procurador General De La Nacion·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance de la causal de intervención en la expedición de la norma acusada
- Debe demostrar que su intervención en la expedición de la norma fue activa y determinante y que dicha intervención guarda relación con el asunto a resolver
- No aceptar por falta de argumentos en la causal de intervención en la expedición de la norma
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el Procurador General de la Nación.
El jefe del Ministerio Público manifestó su impedimento para participar en la sesión técnica programada dentro del proceso de la referencia, por considerar estar incursos en la causal de haber intervenido en la expedición de la disposición demandada.
El funcionario adujo que, en su condición de secretario general del Senado de la República, participó en el trámite legislativo de la norma sobre la cual recae la interpretación judicial cuestionada.
La Sala Plena de la Corporación no encontró demostrado que la participación del actual procurador en su otrora condición de secretario del Senado de la República implique una relación con la interpretación judicial que se somete a control y, por ello, declaró INFUNDADO el impedimento analizado en esta oportunidad.
Con base en lo anterior se le otorgó un término de cinco días al funcionario, para que presente el escrito de intervención sobre los asuntos tratados en la sesión técnica convocada mediante auto 1939/24.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DECLARAR INFUNDADO el impedimento manifestado por el procurador general de la Nación para emitir su pronunciamiento sobre los asuntos tratados en la sesión técnica convocada mediante Auto 1939 de 2024 en el proceso D-16019.
- Segundo. LEVANTAR la suspensión de términos del proceso D-16019 a partir de la notificación de este Auto.
- Tercero. OTORGAR al procurador general de la Nación un término de cinco (5) días contado a partir de la notificación de este auto, para que presente por escrito su intervención sobre los asuntos tratados en la sesión técnica del 7 de febrero de 2025, en los términos señalados en el Auto 1939 de 2024.
- Cuarto. Contra esta providencia no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.