Micelio
Auto10 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Avila Hernandez Rosalva·Demandado Muñoz Yanina Y Otros

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Atribución Para Conocer Del Ejercicio De Funciones Disciplinarias Administrativas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá y la Procuraduría Segunda Distrital de Instrucción de Bogotá.

Dicha controversia se originó respecto al conocimiento de un proceso disciplinario adelantado en contra de una sociedad auxiliar de la justicia, por el presunto incumplimiento de sus funciones de secuestre dentro de un proceso.

La Sala Plena constata que carece de competencia para conocer el conflicto planteado, en la medida que no es un conflicto entre “distintas jurisdicciones”, por lo que no es posible realizar un pronunciamiento de fondo y se declara inhibida para adoptar una decisión sobre la controversia.

Por lo anterior, la Sala Plena remitió el presente expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia, a partir de lo dispuesto en los artículos 39 y 112.10 del CPACA; y para que comunique la presente decisión a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3475 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.