Micelio
Auto9 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Nemeguen Mora Carlos Arturo·Demandado Subred Integrada De Servicios De Salud Sur Occidente Ese

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Tribunal Administrativo de Bogotá, Sección Segunda, Subsección C, y el Juzgado 28 Laboral del Circuito de Bogotá.

La controversia surgió del proceso judicial promovido por un ciudadano contra la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Oriente, a fin de que se declare la nulidad del oficio mediante el cual dicha entidad se negó a reconocer la existencia de la relación laboral que sostuvieron, así como se ordenen las prestaciones sociales derivadas de la misma.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resolvió que, con fundamento en el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer y decidir un proceso promovido para controvertir y verificar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con una entidad pública.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección C, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a las partes interesadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de declarar que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección C, es la autoridad competente para pronunciarse sobre la demanda presentada por Carlos Arturo Nemeguen Mora contra la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Oriente.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3694 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección C, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Veintiocho Laboral del Circuito de Bogotá y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.