A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Saavedra Roa Carlos Francisco·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
- Incumplimiento de la carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque el demandante no logró corregirla en su integridad, conforme a los requerimientos hechos en el auto de inadmisión.
Encontró la Sala Plena que el actor no evidenció que la providencia cuestionada hubiese incurrido en algún yerro o arbitrariedad, sino que utilizó el recurso como una oportunidad para corregir los yerros cometidos en la demanda y en su corrección, así como para reiterar su posición.
Por incumplir con el presupuesto de carga argumentativa se RECHAZA el recurso impetrado contra el auto de rechazo y se deniega el reparo hecho a la misma providencia, supuestamente, por adelantar un juicio anticipado de constitucionalidad frente al cargo tercero de la demanda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. En lo que respecta a los cargos
- primero. y
- segundo. de la demanda, y al reparo de exigir una argumentación más rigurosa en el tercer cargo, RECHAZAR por improcedente el recurso de súplica presentado contra el Auto del 15 de diciembre de 2023, proferido por el magistrado Juan Carlos Cortés González dentro del expediente D-15.559, el cual rechazó la demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo 4º del artículo 6º de la Ley 1551 de 2012 y contra el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021,
- SEGUNDO. En cuanto al reparo de adelantar un juicio anticipado de constitucionalidad en el cargo
- tercero. de la demanda, NEGAR el recurso de súplica presentado contra el Auto del 15 de diciembre de 2023, proferido por el magistrado Juan Carlos Cortés González dentro del expediente D-15.559, el cual rechazó la demanda de inconstitucionalidad del ciudadano Carlos Francisco Saavedra Roa contra el parágrafo 4º del artículo 6º de la Ley 1551 de 2012 y contra el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021.
- TERCERO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
- CUARTO. Ejecutoriada esta decisión, ARCHIVAR el expediente D-15.559.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.