Micelio
Auto30 de noviembre de 2022

A- de 2022

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Hp Financial Servies Sucursal Llc Sucursal Colombia·Demandado Infihuila

Tema · dato duro
Incumplimiento De Contrato De Arrendamiento Celebrado Por Una Entidad Del Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Incumplimiento de contrato de arrendamiento celebrado por una entidad del Estado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Neiva y el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad.

La controversia entre los juzgados mencionados se originó debido a una demanda de restitución de tenencia hecha por HP Financial Services en contra de INFIHUILA; establecimiento público del orden departamental, descentralizado.

La acción fue presentada con el fin de que se declarara «la terminación judicial del contrato marco de arrendamiento operativo de bienes y equipos, y que, se condenara al demandado a restituir a favor del demandante los equipos hardware y software suministrados por el contrato.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena de la Corte decide que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer las demandas de restitución de tenencia de bienes muebles que se promuevan contra entidades públicas que tengan el carácter de institución financiera que no estén vigiladas por la Superintendencia Financiera en las que se pretenda, además, la terminación judicial de un contrato estatal.

Con base en lo anterior, la corte decide remitir el expediente a el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados en el proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Neiva y el Juzgado
  3. Cuarto. Administrativo del Circuito Judicial de Neiva, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Cuarto. Administrativo del Circuito Judicial de Neiva es la autoridad competente para conocer del presente asunto.
  5. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1109 al Juzgado
  6. Cuarto. Administrativo del Circuito Judicial de Neiva para lo de su competencias y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Primero. Civil del Circuito de Neiva.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.