Auto 1818/22
Referencia: Solicitud de prórroga al término dispuesto en el ordinal sexto del auto 1401 de 2022 presentada por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Magistrada sustanciadora:
NATALIA ÁNGEL CABO.
Bogotá D.C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil veintidós (2022)
La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente decisión con base en los siguientes,
ANTECEDENTES
1. El 29 de agosto del año en curso, la Coordinadora Nacional de Justicia y Paz de la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Sala Especial de Seguimiento declarar un estado de cosas inconstitucional en materia de indemnización administrativa y judicial a víctimas reconocidas en el marco de los procesos de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005). Dicha solicitud fue interpretada por este despacho como una comunicación que busca poner de presente eventuales bloqueos institucionales o prácticas inconstitucionales en materia de indemnización a la población víctima de desplazamiento forzado.
2. Por lo anterior, el auto 1401 de 2022 remitió la solicitud referida al Ministro de Justicia y ordenó a aquel remitir información relacionada con los eventuales bloqueos institucionales o prácticas inconstitucionales advertidas por la Coordinadora Nacional de Justicia y Paz de la Procuraduría General de la Nación. El término dispuesto por la providencia para dar cumplimiento a la orden fue de un (1) mes a partir de la recepción de los informes a presentar por la Fiscalía General de la Nación y la Unidad para las Víctimas, en respuesta al mismo auto.
3. El 25 de noviembre de 2022, la directora de justicia transicional del Ministerio de Justicia allegó a esta Corporación una solicitud de prórroga para la presentación del informe ordenado en el auto 1401 de 2022. Dicha solicitud la fundamentó en la necesidad de convocar a una sesión técnica a los integrantes del Comité de Coordinación Interinstitucional de Justicia y Paz. De igual manera, informó que dicha sesión técnica se realizará el día treinta (30) de noviembre del presente año, con el objetivo de dar cumplimiento a lo ordenado por este despacho en la referida providencia. En tal virtud, solicitó prorrogar por el término de diez (10) días hábiles adicionales a lo dispuesto en el resolutivo sexto del auto 1401 de 2022.
4. Dado que el Ministerio de Justicia presentó la solicitud de prórroga en término y que aquella se encuentra debidamente justificada, la suscrita magistrada accederá a su petición. En consecuencia, prorrogará el término dispuesto en el ordinal sexto del auto 1401 de 2022 por diez (10) días hábiles adicionales.
En mérito de lo expuesto, la suscrita magistrada:
RESUELVE
Primero. ACCEDER a la solicitud de prórroga presentada por la directora de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia y del Derecho.
En consecuencia, CONCEDER diez (10) días hábiles adicionales al término establecido en el ordinal sexto del auto 1401 de 2022.
Segundo. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, la presente decisión al Ministerio de Justicia y del Derecho.
Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
NATALIA ÁNGEL CABO
Presidenta
Sala Especial Seguimiento Sentencia T-025 de 2004