A- de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Edwin Alberto Barón Chaparro·Demandado Comisión Nacional De Servicio Civil Universidad Libre
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y Tribunal Administrativo de Boyacá.
Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la primera autoridad decidió tomar las reglas de reparto contenidas en el numeral 8º del artículo 1º del Decreto 333 de 2021 para declarar la nulidad de la decisión de primera instancia y abstenerse de conocer la impugnación del fallo de tutela proferido en primera instancia.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 5 de octubre de 2022 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso de tutela promovido por Edwin Alberto Barón Chaparro y Mónica Andrea Uribe contra el Juzgado 1º de Familia del Circuito de Tunja, el Consejo Superior de la Judicatura, la Unidad de Carrera Judicial y el Consejo Seccional de la Judicatura de Boyacá.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4302 a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja y al Tribunal Administrativo de Boyacá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.