Micelio
Auto10 de mayo de 2001

A- de 2001

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Edwar Figueroa Brand

Tema · dato duro
Nulidad Por Aplicacion Del Decreto 1382 De 2000
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de las providencias proferidas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja -Sala Penal-, dentro de la tutela presentada por el ciudadano de la referencia contra el Jefe de Medicina Laboral de la Policía Nacional.

Lo anterior, debido a que se aplicaron las reglas de reparto de tutela consignadas en el Decreto 1382 de 2000, norma que resultó inconstitucional.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente al mencionado Tribunal para que resuelva la impugnación propuesta.

Una vez cumplido lo anterior, regrese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar la nulidad de las providencias proferidas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja -Sala Penal-, de fechas 31 de enero y 5 de febrero de 2001 (folios 6 a 11 y 23 a 30 del expediente), dentro de la acción de tutela presentada por Edwar Figueroa Brand contra el Jefe de Medicina Laboral de la Policía Nacional.
  2. Segundo. REMITASE el expediente de la referencia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja -Sala Penal- para que, en forma inmediata, resuelva la impugnación propuesta por Edwar Figueroa Brand.
  3. Tercero. Una vez cumplido lo anterior, regrese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.