A- de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante John Jairo Ortega Ortega·Demandado Presidencia De La República /Ministerio De Defensa / Fiscalía General De La Nación
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sección Segunda del Consejo de Estado y la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín.
Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida que la primera Corporación fundó su incompetencia en las reglas de reparto previstas en el Decreto 333 de 2021.
Con lo anterior, dicha autoridad otorgó un alcance inexistente a las disposiciones contenidas en dicho instrumento jurídico y contrarió la reiterada jurisprudencia constitucional, según la cual, lejos de integrar mandatos procesales en materia de competencia, son apenas pautas de reparto y/o de asignación de expedientes de tutela.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sección Segunda del Consejo de Estado, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 21 de julio de 2022 por la Sección Segunda del Consejo de Estado en el marco del trámite de la acción de tutela promovida por Jhon Jairo Ortega Ortega.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4247 a la Sección Segunda del Consejo de Estado, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la presente decisión a las partes y a la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.