Micelio
Auto9 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Torres Jimenez Carlos Arturo·Demandado Municipio De Mompox Servimompox

Tema · dato duro
Conflicto Originado En El Contrato De Trabajo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1º Promiscuo del Circuito de Mompox (Bolívar) y el Juzgado 1º Administrativo del Circuito de Magangué (Bolívar).

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer la demanda presentada por un ciudadano en contra de la Alcaldía Distrital de Santa Cruz de Mompox y, solidariamente, contra Servimompox en liquidación, con el fin de obtener el reconocimiento de la relación laboral de trabajo a término indefinido con Servimompox en liquidación, la sustitución patronal entre dicha empresa y la Alcaldía de Mompox y el reconocimiento y pago, de forma solidaria, de todos los salarios y prestaciones sociales dejados de percibir.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resolvió que, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, es la competente para conocer las demandas en las que se pretende el pago de acreencias laborales en cabeza de una entidad pública cuando: (i) se pretenda la declaratoria de una sustitución patronal entre esta y una entidad prestadora de servicios públicos; (ii) la vinculación con la entidad prestadora de servicios públicos fuese la de trabajador oficial (iii) las acreencias adeudadas hayan surgido en vigencia de la relación contractual con la entidad prestadora de servicios públicos.

En tales términos, la Sala Plena concluye que la autoridad judicial competente para conocer la demanda sub examine es el Juzgado 1º Promiscuo del Circuito de Mompox (Bolívar); por lo tanto, ordenó remitirle el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1º Promiscuo del Circuito de Mompox (Bolívar) y el Juzgado 1º Administrativo del Circuito de Magangué (Bolívar), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 1º Promiscuo del Circuito de Mompox (Bolívar) es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Carlos Arturo Torres Jiménez en contra de la Alcaldía Distrital de Santa Cruz de Mompox y, solidariamente, contra la Empresa de Servicios Públicos de Mompox.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3279 al Juzgado 1º Promiscuo del Circuito de Mompox (Bolívar) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 1º Administrativo del Circuito de Magangué (Bolívar).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.