Micelio
Auto6 de noviembre de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Vega Sosa Sebastian Leonardo·Demandado Fondo Nacional Del Ahorro

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Con Entidad Pública En La Que Participa Un Intermediario.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 021 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 005 Laboral del Circuito de Bogotá, por una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano, en contra del Fondo Nacional del Ahorro, para que declare la existencia de un trabajo a término indefinido, la terminación sin justa causa imputable al empleador, beneficios de la convención colectiva de trabajo, la responsabilidad solidaria entre la empresa intermediaria y el FNA, y las condene al pago de acreencias laborales.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye que el FNA tiene como regla general de vinculación la de trabajadores oficiales.

Dentro del expediente no se advierte que el demandante se haya desempeñado en cargos de dirección o confianza, así que se sigue la regla general de vinculación.

La Sala decide conforme la regla del Auto 1416 de 2024, según la cual, de conformidad con el numeral 4º del artículo 105 del CPACA y el numeral 1º del artículo 2 del CPTSS, la jurisdicción ordinaria laboral conocerá de las demandas en las que se pretenda (i) la declaratoria de existencia de una relación laboral con una entidad pública a la que la parte demandante aduce haberle prestado servicios personales, a través de un vínculo formal con una empresa, sociedad o entidad que presuntamente habría actuado como simple intermediaria, (ii) cuando la regla general de vinculación de la entidad pública sea la de trabajadores oficiales y (iii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 021 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 005 Laboral del Circuito de Bogotá en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 005 Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda ordinaria laboral presentada por Sebastián Leonardo Vega Sosa en contra del Fondo Nacional del Ahorro y la empresa S&A SERVICIOS Y ASESORÍAS.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5871 al Juzgado 005 Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 021 Administrativo del Circuito de Bogotá, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.