A- de 2025
Ponente Carlos Camargo Assis
✓Demandante Luna Ortega Aldemar Y Otros·Demandado Cruz Jacanamijoy Jose
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Resguardo Inga de San Andrés y el Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago, Putumayo, por un proceso declarativo verbal adelantado por unos ciudadanos, contra otro ciudadano, con el objeto de que se declare que entre los campesinos aparceros demandantes y demandado existe un contrato civil de aparcería de tipo agrario, el incumplimiento del mismo por parte del propietario demandado y, la orden del cumplimiento del mencionado contrato; con la condena de indemnización de perjuicios.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos del fuero especial indígena.
El factor personal se acredita por verificarse que el demandado hace parte de su comunidad.
Se cumple el factor territorial por certificarse que el predio objeto de litigio colinda con el Cabildo y hace parte del Resguardo.
El factor objetivo no resulta determinante para establecer la competencia, por cuanto el proceso declarativo sobre la existencia de un contrato civil de aparcería de tipo agrario, regulado en la Ley 6/75, es de interés de la cultura mayoritaria, y de la comunidad indígena.
No se satisface el elemento institucional pues la Sala no evidencia cuáles son los criterios que utiliza la comunidad para investigar causas similares a la del objeto del litigio y para fallar en un sentido determinado, las normas sustantivas y adjetivas aplicables al procedimiento, las garantías procesales que se ofrecen a las partes en este tipo de asuntos.
Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Civil.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Resguardo Inga de San Andrés y el Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago, Putumayo, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago, Putumayo, es la autoridad competente para conocer del proceso adelantado por los señores Aldemar Luna Ortega y Ninfa Marina López Rojas en contra del señor José Cruz Jacanamijoy.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7209 al Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago, Putumayo para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Resguardo Inga de San Andrés, a los sujetos procesales y partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.