A- de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante De Oficio Procesado Mosquera Hurtado Cesar Augusto·Demandado Mosquera Hurtado Cesar Augusto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1° Penal del Circuito de Quibdó con Función de Conocimiento y el Cabildo Indígena Umbra Guaqueramae.
Dicha controversia se originó respecto del proceso penal adelantado en contra de un ciudadano indígena por los presuntos delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
La Sala observa que en el asunto bajo examen no se satisface el presupuesto subjetivo y, por ende, no está configurado el conflicto entre jurisdicciones.
En efecto, Gobernador Mayor de la Comunidad Indígena Umbra Guaqueramae del municipio de Quinchía, departamento de Risaralda, aportó un documento en el que solicitó el traslado de lugar de reclusión para el comunero, “para ser juzgado de acuerdo con [sus] usos y costumbres”, sin que sea posible advertir del mismo una manifestación expresa de competencia o incompetencia, sino que sus argumentos aluden al cumplimiento de la privación de la libertad en el territorio de la comunidad indígena.
Bajo este entendido, la Sala adoptó una decisión inhibitoria y ordenó la remisión del expediente al Juzgado 1° Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías Ambulante con Sede en Quibdó, para que continúe con las actuaciones correspondientes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto entre jurisdicciones promovido por el Juzgado 1° Penal del Circuito de Quibdó con Función de Conocimiento, por incumplir el presupuesto subjetivo, acorde con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta decisión.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1783 al Juzgado 1° Penal del Circuito de Quibdó con Función de Conocimiento para que, de manera inmediata, continúe con el trámite del referido proceso y para que comunique la presente decisión al Cabildo Indígena Umbra Guaqueramae y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.