Micelio
Auto22 de marzo de 2018

A- de 2018

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Lorena Constanza Mejia·Demandado Icbf

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 7 Administrativo de Manizales y el Juzgado 2 Administrativo de Pereira.

La controversia entre los despachos judiciales involucrados se generó en torno a la interpretación que hicieron del factor territorial.

Concluye la Corte que la autoridad que debe dar el trámite a la solicitud de amparo es la elegida a prevención por la accionante, la cual corresponde también a quien le asignaron el trámite de tutela en primer término.

Se dispone enviar el expediente al Juzgado 7 Administrativo de Manizales para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 1 de febrero de 2018 proferido por el Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Manizales (Caldas) mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela presentada por Lorena Constanza Mejia contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, -Regional Risaralda, Centro Zonal Pereira-.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3256 al Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Manizales, que contiene la accion de tutela presentada por Lorena Constanza Mejia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a las accionantes y al Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Pereira (Risaralda), la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.