Micelio
Auto23 de octubre de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Manuel·Demandado Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Regional Boyaca Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia A Prevención En Tutela
  • En aquellos casos donde varios despachos judiciales tengan competencia para conocer de la solicitud de amparo, los jueces o tribunales deben respetar la elección adoptada por el accionante
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Administrativo Oral de Tunja y el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Duitama.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la interpretación de normas de reparto.

Teniendo en cuenta que ambos juzgados tienen competencia para dar trámite a la solicitud de amparo, la Corte, en aras de proteger la libertad de elección del actor, dio aplicación al criterio a prevención y dispuso que fuera el Juzgado Séptimo Administrativo Oral de Tunja quien le impartiera el trámite respectivo.

En consecuencia, remitió el expediente a la precitada autoridad para que, de manera inmediata, adopte la decisión a que haya lugar.

Además, se les hizo una advertencia a los dos operadores jurídicos involucrados para que, en lo sucesivo, se abstengan de declarar su falta de competencia con argumentos basados en la aplicación de reglas de reparto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 26 de julio de 2024 proferido por el Juzgado
  2. Séptimo. Administrativo Oral de Tunja, dentro de la acción de tutela presentada por Manuel contra la directora regional Boyacá del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, la coordinadora del Instituto Colombiano de Bienestar Centro Zonal Duitama - Boyacá y el Procurador 26 Judicial para la Defensa de Derechos de Infancia, la Adolescencia, la Familia y Mujeres.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4805 al Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo Oral de Tunja para que, de manera inmediata, adopte la decisión a que haya lugar, en relación con la acción de tutela, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
  6. Séptimo. Administrativo Oral de Tunja que, en lo sucesivo, se abstengan de declarar su falta de competencia con argumentos basados en la aplicación de reglas de reparto.
  7. CUARTO. ADVERTIR al Juzgado
  8. Segundo. Promiscuo de Familia de Duitama que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su falta de competencia con argumentos basados en la aplicación de reglas de reparto.
  9. QUINTO. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que anonimice cualquier dato que, a través de los sistemas de consulta pública de la Corte Constitucional, haga referencia a la identidad de la parte accionante, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  10. SEXTO. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado
  11. Séptimo. Administrativo Oral de Tunja y al Juzgado
  12. Segundo. Promiscuo de Familia de Duitama.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.