A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante De Oficio Procesado Peña Melo Sergio Ivan·Demandado Peña Melo Sergio Ivan
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 11 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado 148 de Instrucción Penal Militar de la misma ciudad.
La controversia entre las precitadas autoridades se originó en una investigación penal adelantada en contra de un miembro de la Fuerza Pública, por el delito de lesiones personales.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones la Corte reiteró que, en los conflictos de competencia entre la Jurisdicción Ordinaria y la Justicia Penal Militar y Policial, cuando exista duda sobre la relación directa del delito investigado con el servicio policial, no es posible acreditar el supuesto funcional de activación del fuero penal militar y policial, por lo que, dado el carácter excepcional y restrictivo de este último, el conocimiento de los hechos investigados le corresponde a la Jurisdicción Penal Ordinaria.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado 11 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 11 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado 148 de Instrucción Penal Militar de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento le compete al Juzgado 11 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte, REMITIR el expediente CJU-3816 al Juzgado 11 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 148 de Instrucción Penal Militar de la misma ciudad y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.