A- de 2022
Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Demandante Ministerio De Educacion Nacional-Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Eustacia Mendez Victoria
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Tribunal Administrativo del Huila y El Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas Y Competencia Múltiple de Neiva.
La controversia inicio por la interposición de solicitud de ejecución de providencia judicial hecha por “Fiduprevisora” en contra de un particular.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 008/22, reiterando que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por los mismos jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas en seguida del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 de la Ley 1437 y el artículo 306 del Código General del Proceso.
Y concluyó que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Tribunal Administrativo del Huila a donde ordenó remitir el expediente para que le imparta el trámite correspondiente y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Tribunal Administrativo del Huila y el Juzgado
- Cuarto. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo del Huila, conocer de la solicitud de ejecución formulada por la FIDUPREVISORA en contra de la señora Eustacia Méndez Victoria.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1828 al Tribunal Administrativo del Huila para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Cuarto. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.