Micelio
Auto12 de noviembre de 2025

A- de 2025

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Demandante --·Demandado Avendaño Zamudio Victor Andres

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Subjetivo-El Juzgado Penal Militar No Reclamó Ni Rechazó La Competencia Para Conocer Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto remitido por el Juzgado 001 Penal del Circuito de Chaparral, suscitado por una investigación penal adelantada por la fiscalía general de la nación, contra un ciudadano, miembro de la Policía Nacional, por la presunta comisión del delito de homicidio.

Al analizar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena constata que, en este caso, no se acredita ni siquiera el presupuesto subjetivo que configuraría un conflicto de competencia entre jurisdicciones.

Se advierte que la Fiscalía 52 Seccional de Ibagué formuló la imputación en contra del procesado y llegó a presentar el escrito de acusación ante una autoridad jurisdiccional; en el curso de la audiencia de acusación del 17 de junio de 2025, el Juzgado de conocimiento no rechazó su competencia sobre este asunto; sino que, por el contrario, consideró que debía tramitarlo por el modo en que ocurrieron los hechos.

Es decir: la autoridad jurisdiccional de la Jurisdicción Ordinaria Penal se considera competente sobre este caso; y la autoridad de la Justicia Penal Militar no reclama la competencia de este.

De modo que no hay controversia alguna sobre la autoridad que debe asumir el conocimiento del proceso.

La Sala se declara inhibida para conocer del asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por el Juzgado 001 Penal del Circuito de Chaparral, de acuerdo con lo establecido en esta providencia.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6822 al Juzgado 001 Penal del Circuito de Chaparral para que, sin más dilaciones, proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los demás interesados en este trámite.
  3. TERCERO. De conformidad con lo evidenciado en esta providencia, PREVENIR al Juez 001 Penal del Circuito de Chaparral para que, en adelante, y en casos similares al de la referencia, se abstenga de volver a proceder como lo hizo en esta ocasión y, en su lugar, continúe con el proceso, a menos que, durante el trámite del mismo, alguna autoridad judicial de otra jurisdicción cuestione expresamente su competencia o la reclame para sí, a cuyo efecto, y sólo en ese evento, remita el asunto a la Corte para dirimir la colisión suscitada.
  4. CUARTO. INSTAR al Juez 001 Penal del Circuito de Chaparral para que, en similares casos presentes y futuros, dé estricto cumplimiento a la jurisprudencia de esta Corporación, relacionada con los presupuestos que determinan la configuración de los conflictos de competencia entre jurisdicciones.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.