Micelio
Auto12 de noviembre de 2025

A- de 2025

Ponente Carlos Camargo Assis

Demandante Victor Julio Diaz Bermudez·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento de la Sentencia T-041/19.

El accionante presentó un nuevo requerimiento a la Corte para iniciar un incidente de desacato en los mismos términos que previamente lo había hecho.

Concluyó la Corte que la anterior pretensión debía ser rechazada por cuanto en Auto 829/24 declaró de manera definitiva el cumplimiento íntegro de las órdenes contenidas en la providencia de la referencia y, tal como lo indicó en el Auto 1493/25, el precitado proveído hizo tránsito a cosa juzgada y como tal, resulta definitivo e inmutables.

Con base en lo anterior se resolvió ESTARSE A LO RESUELTO en el Auto 829/24 y, en consecuencia, rechazar la nueva solicitud de apertura de incidente de desacato formulada en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en el Auto 829 de 2024 proferido por esta Corporación que declaró el cumplimiento integral de la Sentencia T-041 de 2019. En consecuencia, RECHAZAR la nueva solicitud de apertura de incidente de desacato de la Sentencia T-041 de 2019, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar las comunicaciones correspondientes acompañando copia integral de este proveído.
  3. TERCERO. ADVERTIR al solicitante que contra esta decisión no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.