A- de 2014
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Juzgado Segundo Penal Del Circuito Especializado De Bogota·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Oficiar a Juzgados Penales de Circuito Especializado para que informen si cursa proceso penal en contra del accionante
- No acceder a solicitud de aclaración de sentencia C-578/10
- Reiteración de improcedencia
- Procedencia por presentación dentro del término de ejecutoria
- Declaración de inexequibilidad en sentencia C-113/93
- Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
- Procedencia excepcional del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El despacho judicial de la referencia solicitó a la Corporación aclarar el contenido de la sentencia T-578/10.
La Sala de Revisión concluye que no es procedente dar curso a la solicitud formulada, en tanto han transcurrido varios años desde que se profirió la sentencia aludida y la misma se encuentra debidamente ejecutoriada.
Pese a lo anterior, y con el propósito de constatar si se incurrió en un error originado en los informes del DAS y la Procuraduría que hubiese incidido en la parte resolutiva del mencionado fallo, solicita informes a varios despachos judiciales, a fin de establecer si se presentó08-10-14 alguna imprecisión susceptible de ser corregida con base en el artículo 310 del C.P.C.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- Primero. No acceder a la solicitud de aclaracion de la sentencia C-578 de 2010 formulada por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Bogota.
- Segundo. Disponer que por Secretaria General de la Corporacion se oficie a los siguientes Despachos Judiciales:
- Al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca a efecto de que informe a esta Corporacion, si en ese Despacho se tramito o cursa en la actualidad algun proceso penal en contra de Briceno Suarez Jorge Enrique o Briceno Suarez Jorge, identificado con la cedula de ciudadania No. 12.536.519, expedida en Santa Marta. Si la respuesta es positiva, informar sobre el estado actual de dicho(s) proceso(s).
- Al Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito Especializado de Bogota a efecto de que informe a esta Corporacion, si en ese Despacho se tramito o cursa en la actualidad algun proceso penal en contra de Briceno Suarez Jorge Enrique o Briceno Suarez Jorge, identificado con la cedula de ciudadania No. 12.536.519, expedida en Santa Marta. Si la respuesta es positiva, informar sobre el estado actual de dichos procesos.
- Tercero. Tengase como soporte de este tramite el informe enviado a esta Corporacion por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Bogota.
- Cuarto. Informar de esta providencia al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Bogota, y a la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Marta, despacho que cumple labores de seguimiento al cumplimiento del fallo de tutela.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.