Micelio
Auto2 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Juzgado Cuarenta Y Cuatro De Pequeñas Causas Y Competencia Multiple De Bogota·Demandado Cruz Castaño Magally Cecilia

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto-Asunto Relacionado Con Actuación Disciplinaria Contra Auxiliar De La Justicia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá y la Procuraduría Segunda Distrital de Instrucción de Bogotá.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso disciplinario adelantado en contra de la auxiliar de justicia- secuestre- por presuntas irregularidades que tuvieron lugar en el marco de un proceso declarativo.

La Sala Plena encuentra que esta oportunidad no hay lugar a pronunciarse de fondo respecto del presente asunto comoquiera que la controversia suscitada no corresponde a un conflicto entre jurisdicciones.

Por el contrario, se trata de un conflicto de competencias entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial Bogotá (autoridad que ejerce funciones disciplinarias judiciales) y la Procuraduría Segunda Distrital de Instrucción de Bogotá (autoridad en ejercicio de funciones disciplinarias administrativas).

Por esta razón, se optará por una decisión inhibitoria en lo que respecta a la resolución de la colisión de la referencia.

En consecuencia, esta Corte remitirá el expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para que resuelva el conflicto suscitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia debido a la falta de competencia, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIRLE el expediente CJU-3416 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para que resuelva el conflicto de competencia suscitado y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.