Micelio
Auto4 de noviembre de 2025

A- de 2025

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Demandante Carlos Camargo Assis·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Impedimento formulado por el magistrado Carlos Camargo Assis.

El precitado magistrado adujo que estaba impedido para participar en el proceso de la referencia porque, en ejercicio de sus funciones como Defensor del Pueblo, manifestó su opinión sobre la situación narrada en el escrito de tutela, lo cual constituye una barrera para actuar con imparcialidad.

La Sala concluyó que el doctor Camargo Assis se encuentra impedido para participar y decidir sobre la presente solicitud de amparo, por incurrir en la causal objetiva prevista en el artículo 56.4 del Código de Procedimiento Penal, relativa a haber emitido concepto sobre el asunto que se debate.

Con base en lo anterior, se declaró FUNDADO el impedimento analizado en esta oportunidad y, en consecuencia, se aceptó el mismo y se dispuso separar al magistrado del trámite y decisión del presente asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DECLARAR fundado el impedimento presentado por el magistrado Carlos Camargo Assis dentro del expediente de la referencia. En consecuencia, se ACEPTA el impedimento formulado.
  2. SEGUNDO. DISPONER que el magistrado Carlos Camargo Assis sea separado del trámite y decisión del asunto de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.