Micelio
Auto2 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Ramirez Murillo Teresa De Jesus

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Propio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 27 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso judicial en el que se estudia la demanda presentada por Colpensiones en contra del acto administrativo en que se reconoció una indemnización sustitutiva de vejez en favor de la demandada.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 316 de 2021, en virtud de la cual se estableció que cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a las partes interesadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 27 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá conocer el proceso iniciado por la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, de acuerdo con las consideraciones del presente auto.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3344 al Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 27 Laboral del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales dentro del proceso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.