Salvamento de voto al Auto 173 07Referencia: expediente ICC-1120Tal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Corte Constitucional, Auto 112 de 2006 (MP Jaime Córdoba Triviño). Esta decisión ha sido reiterada, entre otros casos, en el Auto 237 de 2006 (MP Clara Inés Vargas Hernández).
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Contencioso Administrativo De Cundinamarca Seccion Cuarta Subseccion B Y La Corte Suprema De Justicia Sala De Casacion Civil. Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Contencioso Administrativo De Cundinamarca Seccion Cuarta Subseccion B
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado