Micelio
Auto5 de abril de 2017

A- de 2017

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Camilo Ernesto Fidel Orlando Espinel Rico·Demandado Consejo Superior De La Judicatura

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Conflicto de competencia Tribunal Superior de Distrito Judicial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Única del Tribunal Superior de Pamplona y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Barranquilla.

Teniendo en cuenta que en el presente caso se cumplen los presupuestos contemplados en el Decreto 1834 de 2015, la Sala Plena dispone remitir el expediente de tutela de la referencia al Tribunal Superior de Medellín, para que con la debida prelación constitucional le imparta el trámite pertinente y dicte la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS los autos del 27 de junio y del 16 de agosto de 2016, proferidos en su orden por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pamplona y por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Barranquilla, mediante los cuales sin competencia para conocer de la acción de tutela interpuesta por Camilo Ernesto Fidel Orlando Espinel Rico contra la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la Unidad de Administración de la Carrera Judicial y la Universidad de Pamplona.
  2. Segundo. REMITIR el expediente al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín, para que de forma inmediata resuelva la acción de tutela mencionada en el ordinal anterior.
  3. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes, a la Sala Única del Tribunal Superior de Pamplona y a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.