Micelio
Auto9 de noviembre de 2022

A- de 2022

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Clínica Santa Sofia Del Pacifico Ltda·Demandado Secretaria De Salud De Buenaventura Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Factor territorial
  • Improcedencia de escindir el extremo pasivo
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado Segundo de Familia del Circuito de Pasto.

La controversia entre los precitados despachos se fundo en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

La primera autoridad admitió la tutela frente a nueve de las accionadas y no asumió competencia con respecto a las quince restantes y, con fundamento en el factor territorial, decidió escindir la tutela y remitir el proceso a las oficinas judiciales de reparto de los municipios de Buenaventura, Quibdó, Popayán, Bogotá, Medellín, Armenia, Cartagena, Pasto y Barranquilla.

Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Cali para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se advierte a este operador jurídico que en lo sucesivo debe abstenerse de suscitar conflictos de competencia con fundamento en el factor territorial sin verificar el lugar donde ocurre la vulneración o la amenaza que motiva la presentación de la solicitud, así como el lugar donde se producen sus efectos y la aplicación del criterio “a prevención”.

Asimismo, que debe abstenerse de fraccionar las acciones de tutela que lleguen a su conocimiento, pues tal actuación atenta contra los principios de economía, celeridad y eficacia que orientan los procesos constitucionales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. DEJAR PARCIALMENTE SIN EFECTOS el auto del 14 de septiembre de 2022, proferido por el Juzgado
  2. Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Cali dentro del trámite de la acción de tutela formulada por la Clínica Santa Sofía del Pacífico Ltda.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4277 al Juzgado
  4. Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Cali para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR a la Juzgado
  6. Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Cali que, en lo sucesivo, debe abstenerse de suscitar conflictos de competencia con fundamento en el factor territorial sin verificar el lugar donde ocurre la vulneración o la amenaza que motiva la presentación de la solicitud, así como el lugar donde se producen sus efectos y la aplicación del criterio "a prevención". Asimismo, deberá abstenerse de fraccionar las acciones de tutela que lleguen a su conocimiento, pues tal actuación atenta contra los principios de economía, celeridad y eficacia que orientan los procesos constitucionales.
  7. Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
  8. Segundo. de Familia del Circuito de Pasto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.