A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Domenical Ips Sas Y Otro·Demandado Departamento De Sucre - Secretaria De Salud Departamental De Sucre
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos de responsabilidad extracontractual del Estado por acción u omisión de entidad pública de cualquier régimen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Civil Oral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia fue originada por la demanda instaurada por la sociedad Domedical IPS S.A.S. en contra del departamento de Sucre – Secretaría de Salud Departamental, con la pretensión de declarar que la demandante prestó servicios de salud a la población pobre y vulnerable a cargo del Departamento de Sucre - Secretaria de Salud Departamental y se condene a la demandada al pago de lo adeudado por dicha causa y las demás acreencias surgidas por el incumplimiento a título de indemnización de perjuicios.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena aplicó la regla de decisión contenida en Auto 1088 de 2021, ampliada en Auto 546 de 2023, según los cuales la competencia para conocer de los asuntos en los que una IPS demanda a entidades públicas por el no pago de servicios de salud que ya fueron prestados, debe ser atribuida a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una IPS la responsabilidad extracontractual de entidades públicas.
En consecuencia, se dispuso el envío del expediente al Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Civil Oral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo y DECLARAR que el Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo es la autoridad competente para conocer de la demanda verbal de mayor cuantía presentada por Domedical IPS S.A.S., en contra del departamento de Sucre - Secretaría de Salud Departamental.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2894 al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo para que, de manera inmediata, proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Tercero. Civil Oral del Circuito de Sincelejo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.