A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante José Milton Carreño Peralta·Demandado Alcaldía Municipal De Flandes / Comisión Nacional Del Servicio Civil.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Girardot, Cundinamarca y el Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Ibagué.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte actora.
Revisado el asunto concluyó la Corte que el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Girardot es el que debe tramitar, a prevención, la acción de tutela deprecada.
Con base en lo anterior, se ordenó el envío del expediente a dicha autoridad para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 8 de julio de 2022, proferido por el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Girardot, Cundinamarca, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Milton Carreño contra la Comisión Nacional del Servicio Civil y el Municipio de Flandes, Tolima.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Girardot, Cundinamarca, el expediente ICC-4263 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y Juzgado
- Quinto. de Familia de Ibagué, Tolima.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.