Micelio
Auto2 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Garcia Restrepo Offir·Demandado Ministerio De Trabajo Y Junta Regional De Calificacion De Invalidez

Tema · dato duro
Proceso Donde Se Pretenda El Reconocimiento Y Pago De La Prestación Humanitaria Para Las Víctimas Del Conflicto Armado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral según cláusula general de competencia
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Manizales y el Juzgado Quinto Administrativo de la misma ciudad.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer la demanda promovida por un ciudadano contra el Ministerio de Trabajo y la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Caldas, por medio de la cual solicita el reconocimiento y pago de la prestación económica periódica de invalidez, como víctima del conflicto armado interno.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte resolvió que, conforme a lo previsto en el artículo 2.4 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social, en aquellos eventos en los que se pretenda el reconocimiento y pago de la prestación humanitaria para las víctimas del conflicto armado establecida en el artículo 46 de la Ley 418 de 1997, será la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, la llamada a conocer este tipo de controversias, toda vez que se trata de una prestación relacionada con el Sistema General de Seguridad Social.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Manizales para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique esta decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado
  2. Tercero. Laboral del Circuito de Manizales y el Juzgado
  3. Quinto. Administrativo de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Tercero. Laboral del Circuito de Manizales es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por Offir García Restrepo contra el Ministerio de Trabajo y la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Caldas.
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2893 al Juzgado
  6. Tercero. Laboral del Circuito de Manizales, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Quinto. Administrativo del Circuito de Manizales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.