Micelio
Auto16 de octubre de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Martinez Montero Jorge Luis·Demandado Ministerio De Defensa Nacional Y Otros

Tema · dato duro
Demanda Ejecutiva En La Que Se Pretende El Pago De Acreencias Laborales Reconocidas En Actos Administrativos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Cuarenta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá D.C. y el Juzgado Cincuenta y Tres Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C., Sección Segunda, provocado por una demanda presentada por un ciudadano, en contra del Ministerio de Defensa, Ejército Nacional y Dirección de Prestaciones Sociales - Caja de Vivienda Militar (Caja Honor), con la que pretende que se libre mandamiento de pago con ocasión de las acreencias laborales reconocidas, en su favor, por medio de una Resolución emitida por el Ejército Nacional.

Cumplidos los presupuestos que configuran un conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye que la competencia del asunto debe ser asignada a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, toda vez que, de acuerdo con los argumentos expuestos, el artículo 104 del CPACA no incluye, dentro de los casos que conoce la jurisdicción de lo contencioso administrativo, aquellos que correspondan a procesos ejecutivos derivados de actos administrativos que reconozcan acreencias laborales.

En ese sentido, resuelve en reiteración de la regla de decisión del Auto 613 de 2021 según la cual, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias derivadas de una relación de trabajo, reconocidas en actos administrativos.

Lo anterior, de conformidad con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Cuarenta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá D.C. y el Juzgado Cincuenta y Tres Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad - Sección Segunda -, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Cuarenta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá D.C. conocer la demanda promovida por Jorge Luis Martínez Montero contra el Ministerio de Defensa, Ejército Nacional y la Dirección de Prestaciones Sociales - Caja de Vivienda Militar (Caja Honor).
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5844 al Juzgado Cuarenta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá D.C., para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Cincuenta y Tres Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad - Sección Segunda -, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.