A- de 2001
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Gilberto Romero Diaz V.S
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Superior jerárquico común
- Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
- Jueces de una misma jurisdicción y del mismo distrito judicial
- Inaplicación del precepto constitucional
- No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
- Organo aplicador de la Constitución
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Posición jurídica del individuo o del funcionario público
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de resolver el conflicto de competencias suscitado entre el dos Juzgados de Bogotá, toda vez que el superior jerárquico común es el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y es dicha Corporación la llamada a resolver el conflicto de competencias surgido entre aquellos, y no la Corte Constitucional, como erradamente lo consideró el juez remitente.
En consecuencia, se ordenó remitir el expediente al citado Tribunal para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de resolver el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Bogota y el Juzgado Treinta y Nueve Civil Municipal de Bogota.
- Segundo. DECLARAR que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala Mixta, es la autoridad competente para decidir el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Bogota y el Juzgado Treinta y Nueve Civil Municipal de Bogota.
- Tercero. REMITIR, por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, para lo de su competencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.