A- de 2022
Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Demandante Martinez Romero Yelitza Isabel·Demandado Ese Hospital San Jose De Maicao Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Maicao y el Juzgado Segundo Administrativo Mixto del Circuito de Riohacha.
Dicho conflicto se originó por una demanda ordinaria laboral interpuesta por un particular, en contra del consorcio Hemocentro de la Guajira y otros.
La demanda tenía como pretensiones que, se declare la existencia de un vínculo laboral por contrato a término fijo con la accionante, se reconozca que hubo un despido sin justa causa y que se le reconozca las prestaciones laborales y sociales del contrato en cuestión.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determina que, la Jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer las controversias originadas que se originen directa o indirectamente en el contrato de trabajo, con independencia de que el empleador sea un particular o una entidad pública.
Con base en lo anterior, la Corte decide que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Maicao, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado
- Primero. Promiscuo del Circuito de Maicao y el Juzgado
- Segundo. Administrativo Mixto del Circuito de Riohacha, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Primero. Promiscuo del Circuito de Maicao conocer de la demanda promovida por la señora Yelitza Isabel Martínez Romero Morales contra el Consorcio Hemocentro de la Guajira y las Empresas Sociales del Estado Hospital Nuestra Señora de los Remedios, Hospital San José de Maicao y Hospital San Rafael de San Juan del Cesar.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1940 al Juzgado
- Primero. Promiscuo del Circuito de Maicao para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Segundo. Administrativo Mixto del Circuito de Riohacha y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.