A- de 2004
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Diana Marcela Bustamente Arango·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Legislador guardó silencio en materia de competencia
- Aceptación y designación del funcionario para concepto en el término restante
- No es posible que Viceprocurador General de la Nación lo emita
- Impedimentos y recusaciones los resuelve la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia
- Falta de competencia de la Corte Constitucional
- Funciones delegables
- Inaplicable para subsanar vacío respecto de impedimentos o recusaciones de Procurador General de la Nación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se aceptó el impedimento manifestado por el Procurador y el Viceprocurador General de la Nación para emitir concepto de fondo en relación con la demanda de inconstitucionalidad que obra en el expediente D-5442, toda vez que participaron en la comisión redactora, el primero, y en la subcomisión redactora el segundo, del proyecto de ley que dio origen al nuevo Código de Procedimiento Penal -Ley 906 de 2004.
En consecuencia, se ordenó que una vez levantada la suspensión, por Secretaria General de la Corte Constitucional se remita el expediente al Procurador para que proceda con la designación del funcionario que habrá de rendir, dentro del término que aún resta, el concepto de fondo a que hace referencia el Art. 278-5 de la Constitución.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. ACEPTAR el impedimento manifestado por el senor Procurador Edgardo, doctor Jose Maya Villazon para emitir concepto de fondo en relacion con la demanda de inconstitucionalidad que obra en el expediente D-5442, por las razones expuestas.
- Segundo. ACEPTAR el impedimiento manifestado por el senor Viceprocurador General de la Nacion, doctor Carlos Arturo Gomez Pavajeau, para emitir concepto de fondo en relacion con la demanda de inconstitucionalidad que obra en el expediente D-5442, por las razones expuestas.
- TERCERO. ORDENAR que una vez levantada la suspension, por Secretaria General de la Corte Constitucional se REMITA el expediente al senor Procurador General de la Nacion, para que proceda con la designacion del funcionario que habra de rendir, dentro del termino que aun resta, el concepto de fondo a que hace referencia el articulo 278-5 de la Constitucion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.