A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Instituto Nacional De Cancerologia·Demandado Fondo Financiero Distrital De Salud
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre la Superintendencia de Salud y el Juzgado 068 Administrativo, Sección Primera de Bogotá, por causa de una demanda presentada por el Instituto Nacional de Cancerología E.S.E., contra el Fondo Financiero Distrital de Salud, secretaría de salud, el reconocimiento y pago de las facturas adeudadas, correspondientes a la prestación de los servicios de salud prestados a los asegurados afiliados a la entidad demandada, entre otras pretensiones.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena evidencia que efectivamente la controversia del caso es por la inconformidad respecto de las glosas realizadas a las facturas.
Se tiene que, el Instituto Nacional de Cancerología E.S.E. y el Fondo Financiero Distrital de Salud integran el SGSSS, es decir, ambas entidades se ajustan a lo previsto en el literal b), numeral 2, y en el numeral 3 del artículo 155 de la Ley 100/93.
En virtud de ello, es dable reiterar el Auto 2032/23, según el cual, de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f del artículo 41 de la Ley 1122/07, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.
Se dispone el envío del expediente a la Superintendencia delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia de Salud y el Juzgado 068 Administrativo, Sección Primera de Bogotá y DECLARAR que la Superintendencia de Salud es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva promovida por el Instituto Nacional de Cancerología E.S.E. en contra del Fondo Financiero Distrital de Salud.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7134 a la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 068 Administrativo, Sección Primera de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.