Micelio
Auto9 de noviembre de 2022

A- de 2022

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Zapata Lopez Fernando·Demandado Nacion Ministerio De Defensa Y Colpensiones

Tema · dato duro
Conflicto Sobre Sistema De Seguridad Social Integral De Trabajadores Oficiales, Independientes O Del Sector Privado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 33 Administrativo del Circuito de Medellín.

La controversia se dio en ocasión de una demanda ordinaria laboral interpuesta por un particular en contra de Colpensiones y el Ministerio de Defensa con el fin de que se reconozca y pague un bono pensional por el tiempo que estuvo vinculado a esa entidad, y se condene a Colpensiones a reliquidar la indemnización sustitutiva de pensión de vejez.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral y de la seguridad social es competente para conocer de las controversias relacionadas con la seguridad social de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado, independientemente de si la entidad administradora es de derecho público o privado.

Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 33 Administrativo del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín y debe reasumir la competencia del referido proceso.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1549 al Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.