A- de 2011
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Alix Arbelia Ruiz Gomez Vs Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Libertad del actor de elegir la especialidad del juez de tutela competente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia.
El proceso le correspondió por reparto al Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Conocimiento de Medellín, quien no avocó el trámite de la acción por considerar que debió respetarse la voluntad del demandante, en cuanto éste dirigió el escrito de tutela al Juez Penal del Circuito.
El Juzgado Sexto Penal del Circuito de Conocimiento de Medellín, tampoco avocó la competencia para tramitar la acción de tutela, por no compartir los argumentos del juez especializado debido a que éste funcionario también hacía parte de la jurisdicción penal..
La Corte, luego de analizar las normas que determinan la competencia en materia de tutela y la interpretación del término “competencia a prevención”, resuelve remitir el expediente al Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Conocimiento de Medellín, para que de forma inmediata de trámite a la acción de tutela interpuesta por la accionante.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 27 de mayo de 2011 proferido por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de Medellín.
- Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de Medellín para que, de forma inmediata, tramite la acción de tutela iniciada por Alix Arbelia Ruíz Gómez contra el Instituto de Seguros Sociales, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.