A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Guaran Maria Ligia·Demandado Lara Ana Beiva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, de acuerdo con su carácter dispositivo, el ejercicio de la Jurisdicción Especial Indígena no es asumido por la comunidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil Municipal de Ipiales y el Resguardo Indígena de Ipiales.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una demanda reivindicatoria que promovió una ciudadana en contra de otra, con la finalidad de que se declarara que le pertenecía el dominio pleno y absoluto de la casa de habitación que hace parte de un bien inmueble rural.
Así mismo, para que se ordenara la restitución del inmueble y el pago de los frutos civiles que la propietaria hubiera percibido desde el momento de iniciada la posesión, hasta la entrega efectiva del inmueble.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se declaró que le corresponde asumir el precitado asunto al Juzgado Primero Civil Municipal de Ipiales.
Con base en lo anterior se remite el expediente a dicho despacho judicial para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Resguardo involucrado y a los sujetos procesales e interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Ipiales (Nariño) y el Resguardo Indígena de Ipiales, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Ipiales conocer el proceso reivindicatorio promovido por la señora María Ligia Cuarán contra la señora Ana Beiva Lara.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3655 al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Ipiales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Resguardo Indígena de Ipiales y a los sujetos procesales e interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.