Micelio
Auto26 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante De Oficio·Demandado Alvarez Carrillo David Jesus

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de jurisdicciones entre el Juzgado 181 de Instrucción Penal Militar y la Fiscalía 116 adscrita a la Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una investigación penal adelantada por la presunta comisión del delito de homicidio durante un operativo desarrollado por uniformados de la SIJIN de la Policía Nacional.

Sin embargo, la Sala reitera que la Fiscalía solo está habilitada para suscitar conflictos entre jurisdicciones, cuando se advierte la posible configuración de una grave violación a los derechos humanos y los contornos fácticos del caso analizado no brindan elementos suficientes para catalogar la conducta investigada como una eventual grave violación a los derechos humanos.

Dado que no se presentó una verdadera controversia entre dos autoridades con funciones jurisdiccionales, en el presente caso no se acreditó la configuración del presupuesto subjetivo.

Por tanto, la Sala Plena se declarará inhibida para decidir el presente asunto y, en tal virtud, ordenará la devolución del expediente al Juzgado 181 de Instrucción Penal Militar para que continúe el trámite procesal y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corporación, REMITIR el expediente CJU-3640 al Juzgado 181 de Instrucción Penal Militar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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