Micelio
Auto22 de abril de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Nilson Estupiñan Arboleda·Demandado Presidencia De La Republica

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reparto De Acciones De Tutela Masivas
  • Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito, de Pasto.

Considera la Corte que en este caso solo se presentó un conflicto aparente.

Esto, porque el Tribunal involucrado determinó que no era competente para conocer de la acción de tutela conforme con las reglas de reparto de tutela masiva previstas en el Decreto 1834 de 2015.

Lo anterior lo realizó incumpliendo con la carga argumentativa que impone dicha normatividad, en tanto no estableció la triple identidad requerida para el efecto.

Dicha autoridad simplemente realizó una valoración genérica y superficial de la misma y desconoció, al declararse inicialmente incompetente, la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia.

Además, ignorando lo previsto por el mencionado Decreto comoquiera que la Oficina de Reparto de Pasto, como primera entidad encargada de verificar la acumulación de tutelas masivas, le remitió el conocimiento del asunto.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto para que, de manera inmediata, continúe el trámite y adopte la decisión a que haya lugar.

Se advierte a este despacho que, siempre que considere que existe mérito para acumular acciones de tutela según lo dispuesto por el Decreto 1834 de 2015, debe constatar concretamente que existe identidad de sujeto pasivo, causa y objeto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS los autos proferidos el 20 y 28 de enero de 2021 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, dentro de la accion de tutela promovida por las comunidades adscritas a Redhpana contra el presidente de la republica, la Direccion de Consulta Previa del Ministerio del Interior, la Direccion de Antinarcoticos de la Policia Nacional (Diran), la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y otros.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3964 a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto para que, de manera inmediata, continue el tramite y adopte la decision a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto que siempre que considere que existe merito para acumular acciones de tutela segun lo dispuesto por el Decreto 1834 de 2015, debe constatar concretamente que existe identidad de sujeto pasivo, causa y objeto.
  4. Cuarto. Por la Secretaria General de esta corporacion COMUNICAR la presente decision al accionante y al Juzgado
  5. Segundo. Administrativo del Circuito de Pasto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.