Micelio
Auto12 de diciembre de 2000

A- de 2000

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Leonidas Gamboa

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó inaplicar el Art. 1 del Decreto 1382 de 2000, en el presente caso, por ser contrario a la Constitución Política.

Se dirimió el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca y el Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cali, para conocer de la acción de tutela promovida por el ciudadano de la referencia contra el Seguro Social –Seccional Valle del Cauca -, en el sentido de que su conocimiento corresponde al primero de los citados despachos judiciales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Inaplicar, en el presente caso, por ser manifiestamente contrario a la Constitucion Politica, el articulo 1 del Decreto 1382 de 2000.
  2. Segundo. Dirimir el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca y el Juzgado
  3. Octavo. Civil del Circuito de Cali, para conocer de la accion de tutela promovida por Leonidas Gamba contra el Seguro Social -Seccional Valle del Cauca -, en el sentido de que su conocimiento corresponde al
  4. primero. de los citados despachos judiciales.
  5. Tercero. Remitir el expediente al Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca y comunicar lo aqui decidido al Juzgado
  6. Octavo. Civil del Circuito de Cali, para los fines legales pertinentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.