A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Jorge Arturo Cadena Villamizar·Demandado Secretaria De Transporte Y Movilidad De Cundinmarca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal Municipal de Arauca y el Juzgado Segundo Civil Municipal de Soacha.
Encontró la Corte que en este caso no se presentó un auténtico conflicto de competencia.
Ello, porque la primera autoridad indicó que, en virtud del factor territorial, los competentes para definir la solicitud de amparo constitucional eran los jueces municipales de Cundinamarca, pues la autoridad accionada tenía su domicilio en la ciudad de Bogotá.
Esta autoridad judicial erró al remitir el expediente a los jueces del distrito judicial de Cundinamarca dado que Bogotá es un distrito judicial diferente.
Con el ánimo de evitar mayores dilaciones en la definición de fondo de la solicitud de amparo, la Sala Plena dispuso la remisión del expediente a la oficina de reparto de Bogotá para que proceda a asignarlo entre los juzgados municipales que corresponda.
Esta determinación obedeció al hecho de que, a partir del análisis del caso y del expediente, consideró que esos eran los únicos jueces de cuya competencia para tramitar la acción de tutela se tenía certeza.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REMITIR el expediente ICC-4782 a la oficina de reparto de Bogotá para que, de manera inmediata, proceda con el reparto de este al juzgado municipal que corresponda.
- SEGUNDO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión al accionante, al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Arauca y al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Soacha
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.