A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Miguel Polo Rosero·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Manifestación de impedimento presentada por el magistrado Miguel Polo Rosero.
El precitado magistrado se declaró impedido para conocer del trámite de selección del expediente de tutela de la referencia, argumentando la configuración de la causal 4ª del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal.
Lo anterior, con base en que el accionante demandó la nulidad de su elección como integrante de la Corporación y dicho trámite judicial se encuentra en curso.
La Sala consideró que se da la concurrencia de un interés potencialmente comprometido, derivado de la condición del magistrado de demandado en el proceso de nulidad electoral promovido por el accionante, lo cual configura una situación de conexidad material suficiente para sostener que su participación en esta decisión podría afectar la apariencia de independencia judicial.
Con base en lo anterior se ACEPTÓ el impedimento formulado por el doctor Polo Rosero y se dispuso su separación del trámite respectivo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. ACEPTAR el impedimento manifestado por el magistrado Miguel Polo Rosero para conocer del trámite de selección del expediente T-10.779.780.
- SEGUNDO. SEPARAR del trámite de selección del expediente T-10.779.780 al magistrado Miguel Polo Rosero.
- TERCERO. Contra esta providencia no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.