A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Natalia Angal Cabo Y Otros·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimentos formulados por las magistradas Natalia Ángel Cabo y Paola Andrea Meneses Mosquera y los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Juan Carlos Cortés González para conocer del trámite de selección del expediente de tutela de la referencia.
Los aludidos funcionarios alegaron estar incursos en la causal prevista en el numeral 6º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, por haber participado en la adopción de los Autos 232/21 y 3007/23 proferidos al interior del expediente PE-050 a través del cual se estudió el Proyecto de Ley Estatutaria que contenía el Código Electoral.
Al encontrar configurada la causal alegada, se ACEPTARON los impedimentos manifestados por los precitados magistrados y, en consecuencia, se separaron del trámite de selección del expediente de tutela T-10.779.780.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Por las razones expuestas en el presente auto, ACEPTAR los impedimentos manifestados por las magistradas Natalia Ángel Cabo y Paola Andrea Meneses Mosquera y los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Juan Carlos Cortés González para conocer del trámite de selección del expediente T-10.779.780.
- SEGUNDO. SEPARAR del trámite de selección del expediente T-10.779.780 a las magistradas Natalia Ángel Cabo y Paola Andrea Meneses Mosquera y a los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Juan Carlos Cortés González.
- TERCERO. Contra esta providencia no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.