A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Rosales Ortega Lesli Estephania·Demandado Fiduprevisora Sa Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. y el Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
El conflicto trata sobre el conocimiento de la demanda ordinaria laboral en contra de la Fiduciaria La Previsora S.A., en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo de Remanentes de Caprecom, Eice, liquidado, para que se declare la existencia de un contrato a término indefinido en calidad de trabajadora oficial y el pago de las acreencias laborales adeudadas con ocasión de los servicios que le prestó a la accionada.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión fijada en el Auto 492 de 2021, según la cual, la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral que presuntamente fue encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
En consecuencia, la Sala Plena, ordenó remitir el expediente al Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Bogotá D.C., para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los sujetos procesales y a los demás interesados en el trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. y el Juzgado
- Décimo. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá D.C., y DECLARAR que el conocimiento de la demanda ordinaria laboral presentada por Lesli Estephania Rosales Ortega en contra la Fiduciaria La Previsora S.A., en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo de Remanentes de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (en adelante Caprecom) Eice, liquidado, le corresponde al Juzgado
- Décimo. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá D.C.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3407 al Juzgado
- Décimo. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá D.C. para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida acción y para que comunique la presente decisión a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.